Casi dos millones y medio de españolas podrían reclamar la devolución de las retenciones indebidas en su IRPF por Hacienda, según los datos del sindicato UGT.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJSM) ha declarado, en contra del criterio que sigue Hacienda, que la prestación que abona la Seguridad Social por la baja de maternidad no tributa por IRPF.
Por tanto, Hacienda debe restituir esas cantidades a las madres trabajadoras y el artículo 110 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa permite acogerse a los efectos de esta sentencia.
A continuación os damos la información clave para reclamar el importe mal retenido.
- ¿Quienes pueden solicitarlo?
Las mujeres que hayan sido madres durante los últimos 5 años (entre 2012 y 2016), que tributen en la Comunidad de Madrid y que hayan recibido una prestación por maternidad durante las 16 semanas de baja.
Pueden solicitar el reembolso del IRPF retenido con sus correspondientes intereses legales, siempre teniendo en cuenta que el importe de la devolución dependerá del salario y la tributación que se aplica.
- ¿Qué plazo hay para reclamar?
Para reclamar por la vía rápida acogiéndose a la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el plazo finaliza en julio de 2017.
- ¿Qué pasos hay que seguir?
Para solicitar la devolución del IRPF por prestación de maternidad por la vía rápida, es decir, acogiéndose a la extensión de efectos de la sentencia qué dictó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, las afectadas deben enviar la documentación requerida a los abogados.
Ellos se encargarán de rehacer la declaración de la renta para saber cuál habría sido el resultado de la misma sin tributar el IRPF de maternidad. Tras ello, se interpondrá la demanda judicial ante el TSJM.
La prestación por maternidad debe quedar totalmente exenta de cualquier retención de IRPF.
La devolución dependerá del salario y la tributación que se aplica sobre el mismo, pero las posibilidades de ganar son muy elevadas.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid está condenando a Hacienda a devolver a las madres trabajadoras las cantidades tributadas, afirma Rosa Delgado, socia fundadora y abogada de Voyadefenderte.com.
- ¿Cuánto pueden tardar en contestar?
Si se solicita por esta vía rápida, el plazo de resolución dependerá exclusivamente del juzgado y puede durar alrededor de un año.
La agencia tributaria es parte demandada y se opondrá a la devolución, pero es el juzgado el que dicta sentencia.
Cuanto antes se inicie el proceso de reclamación antes se resolverá.
- ¿Qué documentación necesito para comenzar la reclamación?
- Fotocopia del DNI
- Declaración de IRPF del año en que se disfrutó la maternidad
- Certificado de retenciones
- Borrador de la declaración de la renta o datos fiscales, (si se tienen).